Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor mediador, que previo el examen de mi personería para comportarse como manager de la parte demandante. https://socialbuzzmaster.com/story5535430/la-%C3%BAltima-gu%C3%ADa-a-plazo-para-interponer-demanda-laboral